FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO.
Resolución de 28 de septiembre de 2009, de la Dirección General de Empleabilidad y Formación Profesional, por la que se aprueba la segunda convocatoria extraordinaria para la concesión de subvenciones públicas para la ejecución de acciones de Formación Profesional para el Empleo.
Primero. Efectuar convocatoria extraordinaria para la concesión de subvenciones públicas destinadas a la ejecución de acciones de formación profesional intensivas reguladas en el Capítulo III de la Orden de 31 de octubre de 2008, estableciendo el plazo de presentación de solicitudes en quince días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Segundo. Podrán beneficiarse de las subvenciones para la impartición de las acciones formativas las Corporaciones Locales de Andalucía, los organismos autónomos, entidades públicas empresariales y sociedades mercantiles de capital íntegramente local dependientes o vinculadas a dichas Corporaciones Locales, así como entidades sin ánimo de lucro, empresas y otros entes públicos y empresas privadas de formación que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 9.4 de la Orden de 31 de octubre de 2008, y no se encuentren en ninguna de las causas de exclusión contempladas en el artículo 31 de dicha Orden.
miércoles, 14 de octubre de 2009
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